Ayuda dirigida a las cargas familiares reconocidas por el afiliado, menores a 24 años que se encuentren cursando estudios regulares en los niveles de: pre kinder, kinder, básico, medio, técnico profesional o de educación superior, en algún establecimiento del Estado o reconocido por éste, se podrá otorgar una ayuda de educación a solicitud del afiliado. En el caso de la educación técnica profesional, se requerirá que el programa tenga una duración de, a lo menos, cuatro semestres.
El mismo beneficio se otorgará a los funcionarios que se encuentren estudiando educación media, técnica, técnica de nivel superior o educación superior.
Requisitos
- Tener 3 meses de antigüedad como afiliado(a) a Bienestar del Personal, al mes de febrero del año.
- El beneficiario(a) debe ser carga reconocida en la Universidad por el afiliado(a) solicitante, al mes de marzo.
Para solicitar ayuda educacional el afiliado(a) deberá proporcionar la siguiente documentación:
- Formulario solicitud enviado por correo electrónico
- Certificado de alumno(a) regular de sus cargas familiares. (del establecimiento educacional correspondiente con firma y timbre responsable)
- Afiliado(a) pensionado(a), certificado de cargas del I.P.S. o AFP, según corresponda.
El monto asignado será cancelado en remuneraciones correspondiente al mes de abril. El monto de este beneficio es de acuerdo al número de solicitudes y presupuesto asignado para este concepto.
Afiliado(a) pasivo(a), percibirán el beneficio mediante cheque nominativo que se depositará en cuenta bancaria que se encuentra registrada e informada por el afiliado(a), o bien en dependencias de Bienestar del Personal, en la misma fecha de cancelación a los afiliados activos.