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Bienestar del Personal

Dirección de Gestión y Desarrollo de Personas

Asistencia médica

El Servicio otorgará beneficios de carácter médico y odontológico a sus afiliados y cargas  familiares, de acuerdo al artículo 15 del Reglamento General.

Asimismo podrá financiar y contratar, con cargo  a sus propios recursos y de acuerdo con sus disponibilidades presupuestarias, seguros de vida para sus afiliados y seguros de salud para solventar los gastos de salud de sus afiliados y/o cargas familiares no cubiertos por los sistemas de salud previsional, sin perjuicio de que los propios beneficiarios puedan concurrir a sufragar dichos seguros.